Acuerdan pedir un tipo de interés cero para las operaciones de crédito formalizadas con el Fondo de Financiación de Entidades Locales

Acuerdan pedir un tipo de interés cero para las operaciones de crédito formalizadas con el Fondo de Financiación de Entidades Locales

Ha sido a través de una moción en la que además se reclama al ejecutivo central a que permita la ampliación del periodo de amortización de los préstamos referenciados en 10 años, independientemente de la carga financiera que el Ayuntamiento presente.

El Pleno del Ayuntamiento de El Ejido ha aprobado por mayoría una moción para instar al gobierno central a establecer un tipo de interés cero para las operaciones de crédito formalizadas con el Fondo de Financiación de Entidades Locales (FFEELL), así como a permitir la ampliación del periodo de amortización de los préstamos a 10 años, independientemente de la carga financiera que el Ayuntamiento presente.

            Este hecho, tal y como explica el portavoz del gobierno local, José Francisco Rivera, “se produce en base al fallido Real Decreto-Ley 27/2020, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a Entidades Locales, y a la Resolución por la que se determinan las condiciones financieras de los préstamos de los remanentes de tesorería, o lo que es lo mismo, el dinero que prestarían los Ayuntamientos al Estado haciendo uso de sus remanentes de tesorería acumulados, a los que se les fija un tipo de interés del 0%”.

            Desde la Corporación Municipal, se entiende que genera un agravio comparativo en comparación con el tipo de interés de los préstamos formalizados por municipios en riesgo financiero con el Fondo de Financiación de Entidades Locales. Un ejemplo de ello ha sido el Ayuntamiento de El Ejido, que a finales de 2019 adoptó el acuerdo de aprobar la formalización de la operación de crédito resultante de agrupar todas las operaciones formalizadas con los diferentes fondos de financiación con anterioridad al 31 de diciembre de 2018, lo que se tradujo en una operación de 132.880.606 a un tipo de interés impuesto por el gobierno del 1,245.

            Rivera apunta que “lo razonable es que el dinero que se presta entre la Administración General del Estado y las Entidades Locales, bien sea en una dirección o en otra, lo sea en condiciones similares. Ello supondría una medida extraordinaria de apoyo a la liquidez de aquellas entidades locales en situación de riesgo financiero y que han quedado excluidas de todas las medidas de carácter extraordinario y urgente aplicadas hasta la fecha”.

            Es por ello que atender este requerimiento, además de eliminar agravios comparativos, se puede entender como el establecimiento de una medida extraordinaria de apoyo a la liquidez de aquellas entidades locales en situación de riesgo financiero que han quedado excluidas por el gobierno de todas las medidas financieras de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las Entidades Locales adoptadas hasta la fecha. Una medida, que tal y como se entiende, debe de ir acompañada de la posibilidad de refinanciar las operaciones de crédito, de manera que se pueda mejorar la capacidad inversora, contribuyendo así a la recuperación económica y social de los municipios dañados por el COVID-19.