La
continua colaboración entre las diferentes administraciones en la lucha contra
el fraude y la delincuencia, ha permitido que la Policía Nacional en El Ejido
haya arrestado a una mujer, a la que se le atribuyen los delitos contra los
derechos de los ciudadanos extranjeros, falsedad documental, contra la
integridad moral y coacciones.
A
principios del mes de noviembre del año pasado, el Ayuntamiento de Balanegra en
Almería puso en conocimiento de la Policía Nacional, la existencia de una
persona a la que le habían negado la posibilidad de empadronar más ciudadanos
en una misma vivienda, dado que había excedido ya el cupo de residentes por
vivienda que el propio ayuntamiento tiene establecido.
Al
día siguiente, esta mujer se presentó nuevamente en la oficina de recursos
demográficos del Ayuntamiento de Balanegra, y mediante documentos en los que
había estampado falsamente firmas de los actuales residentes en dicha vivienda,
dio de baja a los mismos con la finalidad de actualizar el padrón con otros
nuevos siete ciudadanos subsaharianos.
300 euros por facilitar el empadronamiento
Tras
prestar declaración en la Comisaría de El Ejido los diferentes afectados, los
agentes descubrieron que la arrestada gestionaba dos viviendas en las cuáles
cobraba la cantidad de 300 euros por permitir el asiento en el padrón de
ciudadanos en situación irregular, muchos de los cuáles, ni siquiera residían en
esos inmuebles.
La
investigación puso de manifiesto como las viviendas, una propiedad de la
detenida y la otra en régimen de alquiler, servían de modo de obtener recursos
económicos ilícitos a la detenida, quien chantajeaba y coaccionaba a los
inmigrantes con denunciar su situación ante la policía, si se negaban a dicho
pago o revelaban la ilicitud que se estaba cometiendo.
La
arrestada de 44 años de edad, ha sido puesta a disposición del Juzgado de
Instrucción número dos de El Ejido.
Arraigo social
La
Ley de Extranjería establece la posibilidad de obtención de una autorización de
residencia, a aquellos ciudadanos que acrediten una residencia continuada en
España durante tres años. La acreditación de
dicha temporalidad se reduce casi en exclusiva, a la certificación
censal emitida por los ayuntamientos.