El Consejo de Gobierno de la Junta aprueba la supresión del Impuesto de Patrimonio

El Consejo de Gobierno de la Junta aprueba la supresión del Impuesto de Patrimonio

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, un nuevo decreto ley de medidas fiscales con el doble objetivo de ayudar a las familias a hacer frente a la elevada inflación y atraer nuevos contribuyentes e inversiones a Andalucía.

El decreto ley, en este sentido, contempla modificaciones en la tributación que afectan al IRPF, al Impuesto Sobre el Patrimonio y al canon de mejora de las infraestructuras hidráulicas, el conocido como el canon del agua, que el Gobierno andaluz, como anunció el presidente, Juanma Moreno, va a eliminar durante el año 2023.

La suspensión del canon del agua va a suponer, sólo durante el año 2023, un ahorro global estimado de 140 millones de euros para las familias y las empresas. Esta medida no va a afectar a la ejecución de las infraestructuras hidráulicas en marcha e incluso se podrán licitar nuevas actuaciones, gracias al remanente de recaudación de 551 millones generado durante las legislaturas anteriores a la llegada de Juanma Moreno a la Presidencia de la Junta de Andalucía, en las que los ejecutivos precedentes no invirtieron las cantidades recaudadas por este concepto.

Deflactación del IRPF

Con respecto al IRPF, el Gobierno andaluz ha acordado dos medidas: la deflactación de los primeros tramos de la tarifa autonómica y el aumento de los mínimos personales y familiares exentos de tributación. Esta medida beneficiará a todos los contribuyentes, pero de manera especial a los que tienen rentas medias y bajas. El 82% de los contribuyentes andaluces tributa dentro de los tres primeros tramos del IRPF, que son los que se van a deflactar. La intención de la deflactación es evitar, por una parte, que un incremento salarial, que en ningún caso podrá compensar la fuerte subida de la inflación, implique una mayor tributación para el contribuyente. Y, por otra, mantener fuera de la tributación la parte de la renta destinada a cubrir las necesidades básicas que, también por la inflación, es mayor de lo que ha sido en años anteriores.

Los últimos datos que el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado sobre variación salarial pactada en los convenios colectivos sitúan, en el mes de agosto, la subida interanual en el 2,6%. El Gobierno andaluz, anticipándose a futuras subidas de la inflación, ha elevado esa cifra hasta el 4,3%, que coincide con el incremento interanual de los costes salariales, según la encuesta trimestral del INE.

De esta forma, se aumentan los primeros tramos de tributación del IRPF en un 4,3% para que el contribuyente no se vea obligado a tributar en un tramo superior por un incremento salarial motivado por la inflación, pero que no supone un aumento real de la capacidad de pago.

En este sentido, la deflactación de los primeros tramos del IRPF tendrá dos consecuencias directas. La primera, que los contribuyentes con rentas más bajas van a seguir tributando dentro del mismo tramo, aunque su salario aumente; y la segunda, que todos aquellos contribuyentes que no vean incrementado su salario, con independencia de su nivel de ingresos, tributen según un tipo medio efectivo más bajo que hasta ahora.

También se amplían en la misma proporción (4,3%) los mínimos personales y familiares por los que no se tributa en el IRPF, ya que esa parte de la renta, destinada a atender las necesidades básicas de los contribuyentes y sus familias, está aumentando a consecuencia de la inflación. El Gobierno andaluz considera necesario aumentar estos mínimos exentos de tributación, para no contribuir al empobrecimiento de la población.

Hay que recordar que, desde 2019, el Gobierno andaluz ha reducido el número de tramos del IRPF y bajado los tipos impositivos de cada uno de ellos, y ha introducido deducciones en la parte autonómica del impuesto que no existían (por nacimiento de hijos, familias numerosas, gastos educativos, donativos a organizaciones ecologistas, residencia en zonas con problemas de despoblación, adquisición o alquiler de vivienda...), además de la deflactación contemplada en el nuevo decreto ley.

Impuesto sobre el Patrimonio

El decreto ley aprobado por el Consejo de Gobierno contempla la supresión en la práctica del Impuesto sobre el Patrimonio mediante la bonificación del 100% de la cuota. Al tratarse de un impuesto cedido, sólo el Gobierno central tiene la potestad de suprimirlo. El objetivo de esta medida es atraer a nuevos contribuyentes hacia Andalucía y que esta comunidad autónoma se convierta en la residencia fiscal de un mayor número de contribuyentes. Muchos de ellos ya viven en Andalucía, pero no tienen aquí su residencia fiscal. Si la tuvieran, estarían obligados a tributar por el conjunto de sus bienes en todo el mundo.

El Impuesto sobre el Patrimonio representa apenas un 0,6% de los ingresos tributarios de la comunidad. La bajada recaudatoria por la supresión del Impuesto de Patrimonio se puede paliar con el incremento de contribuyentes previstos en IRPF, como ya ocurrió cuando se bonificó el 100% de la cuota del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para los parientes de los grupos I y II. Andalucía multiplicó por cuatro en el IRPF la cantidad que se dejó de recaudar por la supresión de este impuesto.

El Impuesto sobre el Patrimonio está considerado una anomalía en países avanzados. En el ámbito de la OCDE, además de en España, sólo pervive en Noruega y Suiza. El hecho de que no exista en nuestro entorno inmediato, incluida la comunidad de Madrid, ha hecho que el Impuesto sobre el Patrimonio se comporte con un freno a la hora de que potenciales contribuyentes instalen su residencia fiscal en Andalucía.

Aplazamientos y fraccionamientos de deuda

Por último, el decreto ley aprobado este martes en el Consejo de Gobierno contempla también el incremento del plazo máximo para aplazamientos y fraccionamientos de las deudas contraídas por ciudadanos, empresas e instituciones con la Junta de Andalucía, hasta 12 años con carácter general.

El objetivo, en línea con el resto de las medidas incluidas en el decreto ley, es dar facilidades de pago a los contribuyentes, en un contexto de desaceleración económica como el que nos encontramos. Hasta ahora, el plazo máximo que se venía aplicando, condicionado a una serie de requisitos, era de diez años.