El Ayuntamiento de Adra continúa
trabajando para ofrecer a los turistas que llegan a la ciudad milenaria
alternativas de alojamiento, al margen de los campings o los hostales
instalados en la localidad. Y, en esa senda, mantiene activa la bonificación
del 95 por ciento del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para aquellos
propietarios que decidan convertir sus viviendas vacías del municipio en
alojamientos turísticos. Una bonificación de la que disfrutarán durante el
periodo máximo de diez años.
La solicitud y los trámites para convertir una vivienda en un
alojamiento turístico han de realizarse en la Junta de Andalucía. Una vez la
entidad autonómica otorga a la vivienda esa nueva denominación, el propietario
deberá acudir al Ayuntamiento para solicitar y recibir la bonificación
correspondiente del IBI. Actualmente,
el municipio cuenta más de una treintena de viviendas destinadas a uso
turístico y viviendas turísticas de alojamiento rural, que suman capacidad para
acoger a más de 200 visitantes, según consta en los registros oficiales.
Las viviendas con fines turísticos
son aquellos inmuebles cuya ubicación está en suelo de uso residencial y se
ofrecen como servicio de alojamiento con fines turísticos de forma habitual y
mediante precio. Dichas viviendas son promocionadas o comercializadas a través
de canales de oferta turística como agencias de viajes, empresas mediadoras u
organizadoras de servicios turísticos y otros canales a través de los que se
pueda gestionar la reserva del alojamiento.
Por su lado, las viviendas
turísticas de alojamiento rural son aquellas situadas en el medio rural en las
que se presta el servicio de alojamiento, y que son ofertadas al público, para
su utilización temporal u ocasional, con fines turísticos, una o más veces a lo
largo del año.