Las cuentas del juez en determinados delitos dejan en la calle al delincuente

Las cuentas del juez en determinados delitos dejan en la calle al delincuente

Según me cuentan, hace unos días fue detenido un individuo por haber sustraído una botella de vino en un prestigioso centro comercial de El Ejido. La prueba de la sustracción quedó más que acreditada ante la autoridad judicial y cuando el juez fue a decidir al respecto consultó el valor de lo sustraído y se puso a hacer cuentas. Solicitó el valor de la botella vino robada sin tener en cuenta el precio de venta al público y sí el de coste al establecimiento. Evidente al ser su valor inferior a 400 euros el presunto delincuente vio reducida su pena considerablemente como dice la Ley y quedó en libertad al atenuarse considerablemente su culpa.

La ley dice lo siguiente:

“1. El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.

2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235. No obstante, en el caso de que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, aunque sean de carácter leve, siempre que sean de la misma naturaleza y que el montante acumulado de las infracciones sea superior a 400 €, se impondrá la pena del apartado 1 de este artículo.

No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.

3. Las penas establecidas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando en la comisión del hecho se hubieran neutralizado, eliminado o inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraídas.”

Evidentemente, los policías que actuaron en este asunto se sintieron frustrados al ver cómo el presunto delincuente se marchaba a su casa y con una sanción mucho más leve de lo esperado. Una vez conocidos estos hechos, cabe plantearse de quién es la culpa de que una persona que quiere robar siga en la calle entrando en establecimientos y sintiéndose libre de poder actuar ante la impunidad de sus hechos delictivos.

A todas luces, parece que la culpa radica en cómo está redactada la ley, de lo contrario, no es entendible que el propio juez sea el encargado de hacer cuentas para rebajar en la medida de lo posible el bien robado para que la pena impuesta sea la menor posible. Ya sabemos que en caso de duda hay que decidir en favor del reo, pero es necesario un análisis de la ley para evitar que los delincuentes se sientan protegidos tras cometer este tipo de delitos. De lo contrario los ladrones se van a sentir inmunes ante sus propios delitos y las fuerzas del orden frustradas por no conseguir su objetivo de rebajar este tipo de acciones que tanto alarman a la sociedad.

¿Seguro que la culpa de tanta delincuencia es de la falta de eficacia de la Policía o de la Guardia Civil? Yo no lo tengo tan claro.



José Antonio Gutiérrez