La Comisión
Informativa Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de
Andalucía, integrada por el concejal de Urbanismo José Luis Llamas, técnicos
municipales, la delegada de Gobierno de la Junta en Almería, Aránzazu Martín,
la delegada de Fomento, Dolores Martínez y
técnicos de esta administración, ha dado luz a la aprobación definitiva
de la innovación que permite al Ayuntamiento de Roquetas de Mar la modificación
del artículo 3.26 recogido en el actual Plan General de Ordenación Urbana que
regula las actuaciones posibles en suelo no urbanizable.
El concejal de Urbanismo, José Luis Llamas, ha explicado que se trata
de un importante paso para solventar aquellos problemas provocados por las
restricciones que limitan determinadas actuaciones posibles en suelo no
urbanizable agrícola. Además, ha detallado que hasta ahora la normativa establece una parcela mínima de
15.000 m2 para cualquier actuación con una y una edificabilidad máxima de 1.500
m2, lo que supone una ocupación máxima del 10%.
“Estas limitaciones, impuestas son demasiadas estrictas y muy alejadas realidad
económica-productiva local basada, fundamentalmente, en pequeñas y medianas
explotaciones, hemos querido dar solución a una petición expresa del sector
agrícola”, señala el concejal.
La intención del equipo de Gobierno
es adecuar las condiciones de las actuaciones posibles en el suelo no
urbanizable agrícola para resolver una problemática real y ya existente, como
son las instalaciones y actividades implantadas anteriores al PGOU de 2009,
totalmente consolidadas y, en funcionamiento, pero que “ya superan el límite
máximo de edificación establecido, lo que impide cualquier ampliación”.
Objetivos
Con la innovación aprobada, en
función del uso permitido, la dimensión de la parcela mínima exigida se
establece en 10.000 m2, 5.000 m2, 2.500 m2 o se fija en la parcela existente,
ya que la parcela mínima prevista en el artículo 3.26 de 15.000 m2 no encaja
con la estructura parcelaria existente y “resulta excesiva para la relación de
usos e instalaciones permitidos”.
Entre otros objetivos, se persigue regular los usos permitidos en el
suelo agrícola con respecto a la de los municipios colindantes con similares
características de cultivo, adecuar los usos permitidos a la estructura
parcelaria del municipio, posibilitar la implantación de actividades
estratégicas para la eficiencia del sector en aras de la sostenibilidad
ambiental y, mitigar los efectos del cambio climático, junto con una mejora de
la competitividad del espacio agrario.
Con la innovación propuesta se
pretende adaptar el planeamiento general municipal a la realidad del tejido socio-económico
del suelo agrícola intensivo de la comarca del poniente almeriense, evitando
que se produzcan asimetrías o diferencias discriminatorias entre las normativas
de aplicación en el suelo agrícola de los municipios del entorno geográfico
inmediato, sin que ello suponga, en ningún caso, una alteración del carácter
del suelo no urbanizable.