La Sala de lo Penal y Civil del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido la condena de un hombre implicado en un desembarco de hachís que fue interceptado por la Guardia Civil el pasado 23 de abril de 2021. De acuerdo a la sentencia a la que ha tenido acceso D-CERCA, David F.P., de 45 años, era el conductor del coche 'lanzadera', es decir, el vehículo que iba delante del que llevaba el cargamento y que vigila que este tenga el camino despejado.
La pena ha sido rebajada de los iniciales cuatro años y nueve meses de prisión impuestos pro la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Almería hasta tres años y seis meses. Los magistrados han estimado su apelación, entendiendo que el papel de David F.P "se redujo" a dar cobertura a los traficantes, "tratándose
en definitiva de un mero vigilante".
Por otro lado, el TSJA sí que mantiene las condenas, también apeladas, de los otros dos implicados en el caso, Francisco Jesús M. A., de 47 años, y Francisco L. P. J., de 30, que ascienden a cinco años y nueve meses de prisión y a cuatro años y nueve meses, respectivamente.
Descarga en el Puerto de Almerimar
El Alto Tribunal andaluz considera probado que, en días previos al 23 de abril de 2021, los acusados llevaron a cabo todas las tareas necesarias para introducir hachís en grandes cantidades en España, haciendo
uso de una embarcación propiedad de Francisco Jesús, con la intención posterior de venderlo o entregarlo a terceros a
cambio de enormes beneficios económicos.
Tras la revisión mecánica de la nave, su dueño procedió a salir a alta mar y, sobre las diez de la noche, en un punto desconocido, introdujo en su interior 59 fardos de hachís que hacían un total de 1.728,1 kilos, con un valor de mercado de 3.423.346,29 euros, según se estima en la sentencia.
Una vez cargado, Francisco Jesús dirigió la embarcación al Puerto Deportivo de Almerimar, situándose en la zona de muelles flotantes, concretamente a la derecha del flotante 4, para proceder a la descarga. En ese momento llegó Francisco L. P. J., conduciendo una furgoneta Mercedes Vito alquilada, aparcándola de forma perpendicular a la lancha, de la que salieron ocho hombres "de identidad desonocida" que comenzaron a meter los fardos en el vehículo. Completado el proceso, la Mercedes Vito salió por la calle Mar de Alborán, precedida por un Volvo S60 propiedad de David F.P., que también la conducía, en compañía de otro implicado ya absuelto, realizando labores de lanzadera. Fueron interceptados poco después, en la calle Bitácora, por la Guardia Civil.
Por estos hechos, el 17 de febrero de 2025 la Audiencia Provincial de Almería condenó a Francisco Jesús a cinco año y nueve meses de prisión por un delito contra la salud pública con agravante de reincidencia, además de al pago de una multa de 11.000 euros y otra de 7.000, y al pago de las costas judiciales. Francisco L. P. J. y David F.P. también recibieron ambos una pena de cuatro años y nueve meses y una multa de 10.000 euros, aunque a este último se la ha reducido el TSJA.
Apelaciones
Los tres acusados presentaron sus apelaciones contra la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, aunque solo haya estimado la de David F. P.
En el caso de Francisco Jesús, su defensa pidió una reducción de condena alegando, entre otros asuntos, que no se trata del jefe de una organización criminal, aunque los magistrados consideran que "desempeñó un papel muy relevante en dicha empresa criminal", ya que nunca habría tenido éxito de no haber proporcionado la embarcación de su propiedad y la furgoneta que él mismo alquiló.
Su abogada también denunció la intervención de su coche, un Mercedes E200 Bluetec que conducía cuando fue detenido en el que los agentes encontraron 3.200 euros en efectivo repartidos en entre billetes de 50 euros y otro de 200 dirham. Según el escrito, no considera los suficientemente acreditado que lo obtuviera gracias a sus actividades ilícitas.
Sin embargo, para los magistrados del TSJA quedó acreditado en el juicio que Francisco Jesús no parece haber ejercido ninguna actividad laboral lícita, e incluso él mismo reconoció en la vista, interrogado por la Fiscalía, que antes se dedicaba a vigilar barcos y a la Guardia Civil para los narcotraficantes, además de contar ya con una condena previa del 18 de enero de 2023. Con estos argumentos, su apelación fue desestimada.
Por otro lado, la defensa de Francisco L. P. J. argumentó, entre otros motivos, que su representado solo fue contratado para conducir una furgoneta, la Mercedes Vito de salieron ocho hombres y en la que metieron los casi 60 fardos, de la que él desconocía el cargamento, un trabajo por el que cobró 1.200 euros. Pero, en el juicio declaró que "se imaginaba que era hachís por el peso y el olor", por lo que su alegación también fue desestimaba por el Tribunal.
Francisco Lirola