Una familia de pastores, obligada a rechazar la herencia de un solar porque el impuesto es 3 veces el valor de mercado

Una familia de pastores, obligada a rechazar la herencia de un solar porque el impuesto es 3 veces el valor de mercado

Una familia de pastores de Santa María del Aguila se está viendo obligada a rechazar una herencia tras la muerte de una hermana de la mujer de este matrimonio.
El motivo de este más que seguro rechazo se debe a que la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía ha dado un valor  de 634.386,14 euros a un solar ubicado entre invernaderos en la pedanía de Venta Vieja, en Santa María del Aguila, y cuya calificación urbanística es de ‘urbano directo’. Es por ello que la tasa impositiva para pagar el Impuesto de Sucesiones arroja una cantidad imposible de asumir por parte de los herederos, en este caso la esposa del mencionado matrimonio de pastores. No solamente debería hacer frente al Impuesto de Sucesiones antes mencionado, sino que también han de abonar la cantidad correspondiente al Impuesto de Plusvalía con el que están gravadas este tipo de transcciones de bienes inmuebles. Así las cosas, los herederos, una vez conocida la muerte del familiar, realizaron los primeros pasos para acceder a la herencia y lo primero que hicieron fue encargar a Valmesa, Sociedad de Tasaciones, la valoración del solar para saber a qué cantidades, a causa de los impuestos, tenían que hacer frente. Valmesa es la sociedad de tasación que habitualmente tasa los bienes en las operaciones inmobiliarias de la entidad Cajamar. El resultado de la tasación  fue de 72.375.25 euros. En base a esta cantidad la familia Pérez González efectuó el pago del Impuesto de Sucesiones liquidándolo con 5.762,27 euros.

La respuesta no ha podido ser más contundente por parte de la Junta de Andalucía, que ha tomado el dinero ingresado a cuenta de una liquidación que sobrepasa tres veces el valor de mercado del bien objeto de esta herencia.

Así las cosas, hasta el momento y con semejante panorama, parte de los herederos (una hermana de la fallecida y los cuatro hijos de otra hermana, también fallecida) han rechazado la parte que les corresponde de la herencia, quedando solo Ana Pérez González como destinataria única del mencionado solar. Las posibilidades de poder pagar las cantidades que surgen de la aplicación del Impuesto de Sucesiones y la Plusvalía son nulas. La indefesión en este caso es total ya que no hay ningún supuesto en el que la heredera que queda pueda hacer frente a los mencionados impuestos.

Situación insalvable
Esto es así porque ni vendiendo el solar se obtendía la cantidad de dinero necesaria para hacer frente al impuesto. Aunque se ha presentado un recurso, el siguiente paso sería plantear un contencioso administrativo a través de la Oficina Liquidadora y para ello sería necesario avalar la deuda que genera el impuesto. El aval debería de hacerse a través de una entidad bancaria que en ningún caso iba a aceptar un solar de 72.000 euros como garantía para avalar una cantidad que supera los 200.000 euros.
Así las cosas, a esta familia solo le queda una salida, renunciar a la herencia porque los impuestos con los que está grabada son inaccesibles por su economía.