La Audiencia Provincial de Madrid condena al SAS a pagar más de 600.000 euros a una ejidense tras una cirugía bariátrica que casi la dejó ciega

La Audiencia Provincial de Madrid condena al SAS a pagar más de 600.000 euros a una ejidense tras una cirugía bariátrica que casi  la dejó ciega

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia, tramitada por los servicios jurídicos de la asociación ‘El Defensor del Paciente’ mediante la que ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS)  a indemnizar a S.S.C., vecina de El Ejido, con 611.973 euros, cantidad que junto con los intereses sancionadores y costas superará los 700.000 euros.   
S.S.C. fue intervenida el 26 de septiembre de 2007 en el Hospital de Torrecárdenas, de una cirugía bariátrica, tras cuya intervención no se le hizo el control nutricional protocolario y, por ello, sufrió un síndrome carencial por el que, tras múltiples actos médicos, se le reconstruyó el intestino por malabsorción. Como consecuencia de lo anterior, según han trasladado desde la asociación ‘El Defensor del Paciente’, esta ejidense, que entonces tenía 30 años, sufrió importantísimas secuelas: casi ceguera de ambos ojos  (neuritis óptica bilateral); polineuropatía sensitivo-motora, por la que ha quedado con pérdida de movilidad; invalidez resultante y otros daños por los que requiere ayuda de terceros.

 La afectada acudió a la  Asociación ‘El Defensor del Paciente’, y tras ser derivado su caso al letrado Ignacio Martínez, se interpuso demanda contra Zúrich, la aseguradora del SAS, por entender que no  se le hizo control postoperatorio nutricional imprescindible para evitar el síndrome carencial que provocó los daños; no se le recabó el consentimiento informado tal cual exige la ley y la medicina estándar antes de ser intervenida; y además se era evidente un resultado desproporcionado generador de responsabilidad.    
      
A pesar de los años transcurridos, el letrado de la paciente entendía que la acción no estaba prescrita, pues aparte de cirugías y otros tratamientos médicos durante ese período, las lesiones fueron evolucionando hasta un estado secuelar de importante invalidez. No en vano,  el 10 de diciembre de 2015, se le reconoció un grado de discapacidad definitivo del 76% por la Junta de Andalucía, siendo que antes de que transcurriese un año se formalizó reclamación a la demandada.

 La mala praxis era tan evidente que Zúrich no la discutió, pero sí la vigencia de la acción, los daños y su valoración, y así decía la sentencia de Primera Instancia del 19 de marzo de 2018. Contra dicha sentencia, Zúrich interpuso recurso de apelación reiterando la prescripción, lo que acaba de ser desestimado de plano por la Audiencia Provincial de Madrid en esta última sentencia.

A su vez, esta vecina de El Ejido también recurrió en apelación para que se elevase la cuantía indemnizatoria, lo que es estimado por la Audiencia Provincial incluyendo ahora el perjuicio estético y otros conceptos, por lo que se eleva de 546.386 euros  a 611.973 euros, cantidad que, junto con los intereses sancionadores y costas, superará los 700.000 euros.      


A. F. V.