Además, también establece que:
- De haberse conocido tal circunstancia no se hubiera llevado a cabo el celebrar el sorteo tal y como establecen las bases firmadas ante notario el día 3 de diciembre.
- Se trata de un error administrativo que se produce en el momento de transcribir el nombre de los establecimientos participantes desde las actas de entrega de urnas a un listado para su posterior recogida.
- Hemos solicitado a los servicios jurídicos informe para aclarar las vicisitudes y posibles consecuencias sobre el Sorteo.
- En el momento en el que el área de Comercio tuvo conocimiento de esta circunstancia acudió al establecimiento para hablar con la propietaria, explicar lo ocurrido y disculparse por dicho error.
- Lamenta los inconvenientes y problemas que este error haya podido ocasionar tanto al comercio como a los clientes que realizaron allí sus compras para la adquisición de los boletos.