La nueva Ordenanza de Circulación del
municipio de El Ejido ha quedado definitivamente aprobada al no haber recibido
alegación alguna en el plazo establecido al efecto. Por lo que, una vez
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y comunicada a las
administraciones territoriales, entrará en vigor el próximo 1 de julio.
El concejal de Hacienda,
José Francisco Rivera, ha puesto de relieve que “esta nueva ordenanza, que
sustituye a la aprobada en el año 2012, nace con el fin de adecuar la normativa
municipal a las recientes modificaciones de la Dirección General de Tráfico,
regulando de forma más sistematizada las normas de comportamientos de los distintos
usuarios de las vías públicas e incluyendo un capítulo para los vehículos de
movilidad personal (VMP), entre los que se encuentran los patinetes eléctricos
que desde hace unos años han irrumpido en la movilidad urbana”.
La nueva normativa municipal
ha prestado una especial atención a la regulación del uso y circulación de los
VMP que deben respetar todas las normas sobre tráfico, circulación de vehículos
a motor y seguridad vial, como el resto de los vehículos. De este modo, tienen
prohibido circular en dirección contraria, circular sobre las aceras o ir a una
velocidad superior a la permitida. Estas conductas son sancionadas con multas
de entre 70 y 500 euros, en atención al peligro causado.
Además, la ordenanza
municipal ha establecido la posibilidad de circular con este tipo de vehículos
por carriles y aceras bici, siempre respetando la velocidad de estos carriles.
En caso de no existir, o circular a velocidad superior, deberán circular por la
calzada junto al resto de vehículos.
Los VMP no pueden
transportar pasajeros por lo que tan solo pueden ser ocupados por el conductor
del mismo que ha de ser mayor de 14 años. Se recomienda la suscripción de un
seguro de responsabilidad civil y el uso de casco.
Rivera ha señalado que “en
el marco de las competencias sobre tráfico que ostentan los municipios, esta
ordenanza también regula la señalización en las vías urbanas, las paradas,
estacionamientos y usos de las vías, así como las medidas provisionales como la
inmovilización o retirada de vehículos, y los modelos oficiales de señalización
de VADOS, prohibiciones de estacionamiento alterno por quincenas, meses o año y
prohibición de estacionamiento provisional, temporal y excepcional para la
realización de actos o trabajos tales como podas”.
Mencionar que esta ordenanza
viene a solventar un problema que encontraban los agricultores que poseen
pequeños camiones para sus explotaciones que por su tonelaje no podían acceder
con los mismos hasta sus viviendas. Por ello, se ha elevado a 7,5 toneladas el
límite de peso para poder circular, parar y estacionar dentro del casco urbano.
El edil ha subrayado que “se
hacía necesario revisar y actualizar esta normativa debido, por un lado, a la
presencia de nuevos vehículos como son los patinetes eléctricos y, por otro, debido
al incremento de kilómetros de carril bici que está experimentando el municipio
por los proyectos que está impulsando el Ayuntamiento con el objetivo de
fomentar la cultura de la movilidad sostenible, unos desplazamientos que tienen
que estar regulados”.