Condenado a más de cinco años de cárcel por abusar de su prima de once años en El Ejido

Condenado a más de cinco años de cárcel por abusar de su prima de once años en El Ejido

También le enseñó un vídeo pornográfico mientras se restregaba la mano de la menor con su entrepierna

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena contra Hassan El G. por abusar sexualmente de su prima, menor de edad, en varias ocasiones entre los años 2019 y 2022. En el momento de los hechos, el acusado contaba con entre 37 y 40 años, y su víctima con once y catorce. El G. ya fue condenado en noviembre de 2023 por la sección 3ª de la Audiencia Provincial de Almería a cinco años y un día de prisión por abusos sexuales continuos a menor de 16 años, y a otra de seis meses por exhibición de material pornográfico a una menor de edad, pena que ha mantenido el TSJA. 

En la sentencia, a la que ha tenido acceso D-CERCA, se da por probado que el acusado aprovechaba los momentos en los que se quedaba a solas con la pequeña, que no contaba nada a su padre por miedo a un conflicto familiar, ya que vivían con los padres y hermanos de su abusador en su domicilio.

El primer episodio tuvo lugar en 2019, cuando esta acudió a la casa del ahora condenado para visitarlo con motivo del nacimiento del hijo de éste. "Le tocó el pecho y le ofreció dinero para tocarle los genitales, a lo que la niña se negó", relata el documento. En una fecha no determinada entre 2019 y 2020, la niña tenía 12 años, el acusado, "guiado por un ánimo lujurioso", le mostró en su teléfono móvil un video pornográfico en el que aparecían dos adultos manteniendo relaciones sexuales, y después cogió la mano de la víctima y se frotó el pene con ella. 

En otra ocasión, ya en enero de 2022, estando solos otra vez, El G. besó a su prima y volvió a proponer más actos "de naturaleza sexual" a cambio de un pago, si bien ella logró zafarse. 

De acuerdo al documento, estos hechos provocaron que la menor sufriera síntomas de depresión, con un estado de ánimo entre triste e irritable, "falta de placer, sentimientos de inutilidad, culpa o desesperanza", así como ansiedad, malestar general y nerviosismo. 

La sentencia fue apelada tanto por la acusación particular como por la defensa. 


La apelación

En su recurso, la abogada de Hassan El G. alegó que en primera instancia se había vulnerado el derecho de su cliente a la presunción de inocencia, y también dejaba a entrever que la denunciante podría padecer un trastorno "de esquizotipia", lo, a su juicio, explicaría su cuadro de síntomas. 

Sin embargo, los magistrado del TSJA justifican que en ningún momento detectaron que la menor pudiera guardar ninguna intención ilegítima contra su primo, "pues la relación entre ambos era buena, no estaban enemistados ni enfrentados", a la vez que descartan que se tratara de algún acto de venganza, ya que, al parecer, el acusado le habría revelado al padre de la víctima que ésta se estaba ausentando de sus clases en el instituto, dado que el jefe de estudios del centro ya se lo había comunicado. También descartan que pudiera intentar obtener algún tipo de beneficio con su denuncia. 

A su vez, califican la declaración de la pequeña de "coherente", destacando su espontaneidad y los detalles que ofreció. Y, en cuanto a la puesta en duda del origen de su cuadro depresivo, aseguran que lo que los psicólogos peritales observaron fueron "pensamientos intrusivos recurrentes que suelen presentarse en menores víctimas de abusos sexuales, no son rasgos de su personalidad sino consecuencia de su estado anímico", descartando así la supuesta esquizopatía de la víctima. 

Teniendo en cuenta estos razonamientos, los magistrados del TSJA han desestimado el recurso de apelación de la defensa, manteniendo así la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Almería.

Además de los cinco años y un día de prisión por abusos sexuales continuos a menor de 16 años, y los seis meses por exhibición de material pornográfico a una menor de edad, Hassan El G. tendrá que pasar siete años de libertad vigilada, estará inhabilitado para ejercer cualquier profesión u oficio relacionado con niños, y no podrá acercarse y comunicarse con su prima durante casi una década. También tendrá que pagar las costas del juicio. 


Francisco Lirola