El TSJA confirma otra sentencia contra el masajista de El Ejido condenado por abuso sexual

El TSJA confirma otra sentencia contra el masajista de El Ejido condenado por abuso sexual

El acusado fue exculpado de otra acusación por hechos similares, pero mantiene una pena anterior de 12 meses de prisión

Nueva sentencia contra el masajista de El Ejido acusado de abuso sexual. En esta ocasión, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado la apelación de J.F.G.D., de 49 años, contra la pena impuesta por la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Almería, en la que se le condena a dos años de prisión como responsable de un delito de abusos sexuales como recoge el artículo 181 del Código Pena, además de la prohibición de ejercer la profesión de masajista durante cinco años.

Según los hechos probados que recoge la sentencia recurrida, a la que ha tenido acceso D-CERCA, J.F.G.D. habría pedido a la víctima, E.C.G., que participara en una sesión fotográfica para dar publicidad a la peluquería en la que trabajaba como masajista, ofreciéndole una sesión de masaje gratis a cambio, a lo que la joven aceptó. 

De acuerdo al escrito, todo ocurrió de la siguiente manera: el día 15 de marzo de 2022, sobre las 16:00 horas, el masajista  pidió a E.C.G. que pasara a una sala, se desnudara y se tumbase en una camilla, para que luego una hija de la pareja de J.F.G.D. le tomara varias fotos. Tras marcharse esta, el condenado, "con ánimo libidinoso", comenzó a masajear a la víctima por la espalda y piernas, "bajando hasta los glúteos", para, entonces, ponerse de rodillas sobre la víctima, "frotando sus genitales" contra la cintura de esta. En ese momento, la víctima se levantó de la camilla y se marchó del salón.


El recurso

Para tratar de recurrir la sentencia, la defensa alegó un "error de la valoración de la prueba" por parte de la Audiencia Provincial, argumentando que "no han quedado despejadas las dudas razonables que planean sobre el comportamiento" que se le atribuye al condenado. Sin embargo, el TSJA entiende que el acusado "protagonizó el comportamiento objeto de acusación sin margen de duda razonable", por lo que el motivo se desestima. 

En su recurso, el abogado defensor también denuncia la, a su juicio, "falta de proporcionalidad" en la pena impuesta, tildándola de excesiva y pidiendo que se modere, lo que también ha sido desestimado por el Tribunal al entender, al igual que la Audiencia de Almería, que la víctima "concurría una singular vulnerabilidad" anudada a estar tumbada en la camilla, "y a la falta de profesionalidad del acusado" por aprovechar su rol de masajista "para llevar a cabo sus torpes designios". 

Por ello, J.F.G.D. mantiene su condena por abusos sexuales de dos años de prisión por este caso, junto a una prohibición de ejercer de masajista, fisioterapeuta o quiropráctico durante cinco años, una orden de alejamiento de 300 metro para con la víctima, una indemnización para esta de 1.500 euros y también deberá pagar las costas del procedimiento. 


Absolución

Por otra parte, el TSJA ya redujo una condena previa contra J.F.G.D al absolverlo de otra acusación por abusos sexuales a otra clienta al entender que se presentaban dudas razonables en el caso. Entre otros asuntos, el tribunal cuestionó que la denunciante presentase su demanda iete meses después de que sucedieran los hechos, y tras conocer a través de los medios y las redes sociales la primera denuncia. "Es cierto que en tales supuestos la eficacia como prueba de cargo única del testimonio de la víctima , ya que este tipo de conductas se caracteriza por su clandestinidad y, por ende, por la dificultad de probar su comisión por otros medios", señalan los jueces en la sentencia, a la que ha tenido acceso D-CERCA, "sin embargo, (...) esa jurisprudencia viene exigiendo que el testimonio de cargo supere satisfactoriamente una serie de parámetros de credibilidad y de fiabilidad inspirados por la lógica, la ciencia y la experiencia".

Además, también valoró positivamente la actitud del condenado, que "desistió" cuando la denunciante se lo pidió, "siendo irrelevante al respecto que ante la incomodidad que le produjese (a la víctima) dicho episodio decidiese poner fin a la sesión y abandonar a reglón seguido el salón de masajes". Cabe señalar que en lo que 'desistió' el masajista fue en introducir sus dedos en los órganos sexuales de la mujer, una terapia que solo un fisio diplomado puede realizar y en la que el condenado insistía a pesar de recibir un 'no' por respuesta. 

Sin embargo, el TSJA sí que mantuvo la condena impuesta por la demanda de la primera denunciante, al considerar que su testimonio "supera con generosidad los patrones de credibilidad subjetiva y objetiva y persistencia en la incriminación". Así, consideró probados los tocamiento en zona vaginal tanto durante como una vez acabado el masaje, a pesar de las continuas negativas de la víctima. 

De esta forma, la sentencia del tribunal absolvía a J.F.G.D. de uno de los casos de abusos sexuales, y confirmaba el primero, pero rebajando su pena de prisión de dos años a solo 12 meses, manteniendo la orden de alejamiento de 300 metros y la prohibición de tratar de contactar con la primera denunciante, y la indemnización de 1.500 euros a esta. 


Modus operandi

J.F.G.D. fue detenido a finales de junio de 2022 por la Policía Nacional tras recibir la primera denuncia, de la que se hizo eco D-CERCA en primicia. En ese caso, este medio pudo hablar con la víctima, que describió el modus operandi del ahora condenado.

Las esperaba en una de las salas de centro con luz tenue y música relajante. Cuando llegaban, cerraba la puerta del salón con llave, argumentado la "inseguridad" del barrio, y pedía a las clientas que se quedaran en ropa interior. 

Tras comenzar el masaje de forma típica, trataba de acceder discretamente a las zonas íntimas de sus víctimas, amparándose en el supuesto beneficio terapéutico que ello le reportaría. Cabe señalar que esta es una práctica que únicamente pueden realizar fisioterapeutas formados para ello, nunca un masajista sin título. 

Una de las víctima relató para D-CERCA que, después de zafarse de sus intentos, a pesar de lo mucho que insistía el condenado, este le pidió que "no contara nada a nadie", asegura que "era algo confidencial y estaba acostumbrado a hacerlo". 



Francisco Lirola